A partir del 1 de septiembre se deberá emitir el recibo electrónico de pagos al momento de recibir un pago en parcialidades o diferido.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria, informa que el plazo para que se incorpore el complemento de recepción de pagos en las facturas se mantiene al 1 de septiembre. Continuar leyendo «SIN PRÓRROGA >SAT< "