SolucionesG17:Error al generar complemento en una moneda diferente a la factura:la suma de los valores registrados no es menor o igual que el valor del campo Monto

Un caso frecuente de este error ocurre cuando la factura se genera en Dólares y al generar el complemento, el pago se genera en Moneda Nacional MXN.

  • El problema ocurre cuando el SAT hace la conversión del monto que estamos enviando y el tipo de cambio actual, pero la operación resulta mayor, es decir como podemos observar en la imágen, el resultado de la operación es 600.01 y el monto que enviamos en el complemento es de 600.00.
  • La solución es ir al Catálogo de Monedas y modificar los decimales del Tipo de Cambio aproximando los valores hasta que el resultado de la operación sea exacta al monto que estamos enviando en el complemento o menor.
  • Una vez que se ha modificado el valor del Tipo de cambio hacemos una prueba para verificar si el nuevo valor cumple con el resultado que buscamos.
  • Vamos al Listado Finanzas > Consulta F.Recepcion Pago e intentamos timbrar el documento, si el calculo aún no cumple con el valor que esperamos, nos seguirá apareciendo el recuadro con el error indicándonos nuevamente el valor presentado y el valor esperado.
  • De esta manera podemos repetir el proceso hasta que el complemento se timbre con éxito.

SolucionesG17:Reporte Registro de Actividades

El Reporte Registro de Actividades se creó con la finalidad de poder consultar las modificaciones hechas por los usuarios en los diferentes catálogos, configuraciones básicas y avanzadas de los documentos.

  • En la sección de Reportes>Actividades>Registro de Actividades podemos ejecutarlo.
  • La columna Código muestra el código de la configuración modificada o el código del Registro del catálogo modificado (Ej. Codigo Artículo, Código Cliente etc.).
  • La columna Objeto muestra el nombre de la sección Modificada. (Ej. el nombre del catálogo o Configuración)
  • La Columna Datos Anteriores muestra los datos que estaban antes de la modificación.
  • La columna Cambios muestra los datos que se modificaron y los valores que tienen actualmente.
  • Finalmente se muestra las fecha y el usuario que realizó la modificación.
  • Impórtalo a G17

Ejecuta el reporte

Soluciones G17: Forma de Trabajo Pollo Roca

Captura de Compras

Verificar lo siguiente antes de iniciar la captura:

  • Los artículos deben tener activada la casilla de Agregar Serie
  • Verificar en los datos del proveedor que el campo Esquema Código Series contenga los datos correspondientes a la Estructura de código de barras. 
  • El orden de la estructura de código de barras indica lo siguiente CÓDIGO ART/PESO(Entero)/PESO(Decimal)
  • Una vez seleccionado el Proveedor, se agregan los artículos,
  • En el campo cantidad siempre se asignará un valor 0.
  • En los siguientes campos asignamos el precio de proveedor y el número de cajas.
  • Al agregar el artículo, aparece la siguiente ventana, que corresponde a las series del producto, pero no se agregarán series en este paso. Hacer clic en Salir.
  • El desglose queda de la siguiente manera, después de agregar el artículo.
  • Una vez que se capturan todos los artículos en la compra, se guarda el documento y se procede a hacer la validación en el dispositivo móvil.

Revisión EDOS Y EFOS

Utiliza el módulo de G17 para revisar si alguna factura contiene EDOS  Y EFOS.

  • Para hacer la revisión debes tener descargados los XML que deseas validar. Pueden ser de las facturas que hayas emitido o te hayan emitido terceros.
  • Selecciona Facturas > Revisar EDOS-EFOS en el menú del lado izquierdo de G17.
  • Carga los XML que deseas verificar arrastrando o seleccionando los archivos y haz clic en el botón Revisar XML.
  • Al hacer clic en Revisar XML aparecerá un listado con los datos fiscales pertenecientes a cada archivo. Se listarán en Rojo los RFC que se encuentran en la Lista Negra del SAT, y en color Verde los que no figuran en ella.
  • Otra de las validaciones que hace G17  es al agregar al cliente en su factura, notará que aparece una leyenda en rojo, mencionandole que el RFC de su cliente se encuentra en la Lista Negra del SAT. 
  • Éste mensaje sólo es informativo, no le impedirá el timbrado de la factura.
  • El módulo de Revisión de EDOS Y EFOS de G17 sólo le ayudará a saber si los RFC consultados se encuentran en la Lista Negra del SAT. Si se ha percatado que su RFC ó el de otros contribuyentes que le facturan se encuentran en la lista, consulte con su contador para que pueda asesorarle sobre el proceso que debe seguir.

Cambios en el llenado de Nóminas 2020

Cambios en los catálogos

Deducciones

107   – Ajuste al Subsidio Causado

OtrosPagos

006  – Alimentos en bienes (Servicios de comedor y comida) Art 94 último párrafo LISR

007  – ISR ajustado por subsidio

008  – Subsidio efectivamente entregado que no correspondía (Aplica sólo cuando haya ajuste al cierre de mes en relación con el Apéndice 7 de la guía de llenado de nómina)

Validaciones

Se validará que el monto de subsidio para el empleo reportado en el recibo de nómina no sea mayor a los montos establecidos en las disposiciones fiscales. Recuerda que se debe registrar el subsidio causado conforme a la tabla del Decreto del subsidio para el empleo y las tablas publicadas en el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

En todos los casos donde se paguen conceptos de sueldos y salarios (Régimen de contratación “02” Sueldos, incluye asimilados a salarios señalados en la fracción I del artículo 94 de LISR), se validará que el recibo de nómina contenga el apartado de subsidio para el empleo, aun y cuando el subsidio para el empleo sea “0”.

Apéndice 6

Actualización del concepto de la clave 047 de Percepciones

047  – Alimentación diferentes a los establecidos en el Art 94 último párrafo LISR

Apéndice 7

Se debe hacer un ajuste mensual del Subsidio para el empleo y del ISR en la última nómina del mes.

Las primeras nóminas del mes se calcula el subsidio y el ISR de manera normal.

La última nómina del mes se calcula el subsidio y  el ISR del mes y en caso de que no le corresponda y ya le hayan pagado el subsidio en nóminas anteriores, se deberá hacer un ajuste. Para hacer el ajuste se deberá agregar la cantidad pagada anteriormente en OtrosPagos así como en Deducciones para  compensar la cantidad.

Ejemplo:

1. Cálculo del ISR correspondiente a la primera quincena del mes de junio de 2019

*En la primer quincena del mes de junio de 2019, un trabajador percibe un salario de $2500.00 pesos, por lo tanto,conforme a la Tabla del subsidio para el empleo del Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, a dicho trabajador le corresponde un subsidio para el empleo de $160.35 pesos 00/MN, en ese sentido, el trabajador tiene derecho a que el empleador le entregue la diferencia que resulte del ISR a cargo y el subsidio para el empleo aplicado, y que en el caso en concreto dicha diferencia corresponde a $9.75 pesos. Lo anterior, se refleja en la siguiente imagen y representación gráfica del CFDI.

2. Cálculo del ISR correspondiente a la segunda quincena del mes de junio de 2019

*En la segunda quincena del mes de junio de 2019, el trabajador percibe un salario de $4900.00 pesos, por lo tanto, conforme a la Tabla del subsidio para el empleo del Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, advertimos que al trabajador le corresponde un subsidio para el empleo causado de cero, tal como se refleja en la siguiente imagen:

2A. Ahora bien, a efecto de determinar si el trabajador tiene derecho a una cantidad por concepto de subsidio para el empleo mensual conforme a la Tabla del “Subsidio para el empleo mensual” del Anexo 8 de la Resolución Miscelánea vigente, se deberá considerar como base para el cálculo, el ingreso mensual percibido, es decir, la suma del salario obtenido por el trabajador en la primera y segunda quincena del mes de junio.

En el caso en concreto, al verificar el importe del ingreso obtenido por el trabajador en las dos quincenas, tenemos que la suma del salario mensual es de $7,400.00, sin embargo, al aplicar lo previsto en la Tabla del subsidio para el empleo, al trabajador le corresponde un subsidio para el empleo causado de cero, ya que el ingreso mensual es superior al previsto en la citada tabla, tal como se muestra a continuación:

3. Ajuste del subsidio para el empleo causado. 

Conforme a lo anterior, partiendo de que al trabajador le corresponde un subsidio para el empleo causado de cero, y en virtud de que en la primera quincena del citado mes se le entregó al trabajador una cantidad por concepto de subsidio para el empleo, se debe realizar un Ajuste del subsidio para el empleo causado a fin de retrotraer los efectos dados al subsidio que se entregó al trabajador en la primera quincena del mes de junio de 2019. Lo anterior, se refleja en la siguiente imagen:

4. Emisión del CFDI en el cual se registrará el subsidio para el empleo entregado. 

Ahora bien, para registrar el ajuste por subsidio para el empleo entregado al trabajador en la primera quincena del mes de junio aún y cuando no se tenía derecho al mismo, en el CFDI correspondiente a la segunda quincena del mes de junio de 2019, se debe incluir el ajuste del subsidio para el empleo causado, conforme a lo siguiente: 

a) En el CFDI se debe registrar el ajuste al subsidio para el empleo causado en el Nodo Deducciones, conforme a lo siguiente: Nodo Deducción  En el campo TipoDeduccion del Nodo:Deducción, se debe registrar la clave “107” (Ajuste al Subsidio Causado) contenida en el catálogo c_TipoDeduccion, publicado en el Portal del SAT. 103  En el campo: Concepto del Nodo:Deducción, se debe registrar la siguiente descripción: “Ajuste al Subsidio

Causado”.  En el campo Importe del Nodo:Deducción, se debe registrar el monto del Subsidio para el empleo Causado, el cual no le correspondía al trabajador, mismo que se registró en el campo SubsidioCausado del CFDI de la primera quincena del mes de junio de 2019 y que se emitió al trabajador dentro del mismo mes al que corresponde este CFDI. Para este ejemplo son: 160.35. 

b) Asimismo, en dicho CFDI se debe realizar el registro del ajuste de ISR que se dejó de retener, por haber aplicado el subsidio para el empleo que no le correspondía al trabajador. 

I.Nodo Deducción  

En el campo TipoDeduccion del Nodo:Deducción, se debe registrar la clave “002” (ISR) del catálogo c_TipoDeduccion, publicado en el Portal del SAT.  

En el campo Concepto del Nodo:Deducción, se debe registrar la siguiente descripción: “ISR”.  

En el campo Importe del Nodo:Deducción, se debe registrar el importe de ISR que se debió retener al trabajador en el o los CFDI emitidos con anterioridad, dentro del mismo mes, al que corresponde este CFDI, para este ejemplo son: “150.60”. 

En el campo TipoDeduccion del Nodo:Deducción, se debe registrar la clave “071” (Ajuste en Subsidio para el empleo (efectivamente entregado al trabajador) del catálogo c_TipoDeduccion, publicado en el Portal del SAT.  

En el campo Concepto del Nodo:Deducción, se debe registrar la siguiente descripción: “Ajuste en Subsidio para el empleo (efectivamente entregado al trabajador)”.  

En el campo Importe del Nodo:Deduccion, se debe registrar el importe del ajuste en Subsidio para el empleo (efectivamente entregado al trabajador), para este ejemplo son: “9.75”. 

II.Nodo OtroPago  

En el campo TipoOtroPago del Nodo: OtroPago, se debe registrar la clave “007” (ISR ajustado por subsidio) del catálogo c_TipoOtroPago, publicado en el Portal del SAT. 104  

En el campo Concepto del Nodo: OtroPago, se debe registrar la siguiente descripción: “ISR ajustado por subsidio”.  

En el campo Importe del Nodo: OtroPago se debe registrar el mismo importe de ISR que se debió de retener y que se registró en el apartado I de este inciso. Para este ejemplo son: 150.60.  

En el campo TipoOtroPago del Nodo: OtroPago, se debe registrar la clave “008” (Subsidio efectivamente entregado que no correspondía (Aplica solo cuando haya ajuste al cierre de mes en relación con el Apéndice 7 de la guía de llenado de nómina)) del catálogo c_TipoOtroPago, publicado en el Portal del SAT.  

En el campo Concepto del Nodo: OtroPago, se debe registrar la siguiente descripción: “Subsidio efectivamente entregado que no correspondía (Aplica solo cuando haya ajuste al cierre de mes en relación con el Apéndice 7 de la guía de llenado de nómina)”.  

En el campo Importe del Nodo: OtroPago se debe registrar el mismo importe que se registró con la clave “071” (Ajuste en Subsidio para el empleo (efectivamente entregado al trabajador), para este ejemplo son: 9.75

El importe de $160.35 pesos corresponde al subsidio para el empleo a que tuvo derecho el trabajador en la primera quincena del mes de junio de 2019, y se refleja como una deducción en el CFDI de nómina de la segunda quincena del mes de junio de 2019, con la clave “107” (Ajuste al Subsidio Causado), dicha medida tiene por objeto descontar al trabajador el subsidio para el empleo causado que al final del mes se determinó que no le correspondía.  

La cantidad de $150.60 pesos corresponde al ISR causado por el trabajador en la primera quincena del mes de junio y que se dejó de retener al trabajador, cantidad que se debe registrar como una deducción con la clave “002” (ISR) y como un pago en el nodo “Otros Pagos” con la clave “007” (ISR ajustado por subsidio). 

Lo anterior tiene por objeto, recuperar el ISR correspondiente a la primera quincena del mes de junio, mismo que el empleador deberá enterar al SAT.  

Los $9.75 pesos se reflejan con la clave “071” (Ajuste en Subsidio para el empleo efectivamente entregado al trabajador), en el apartado de deducciones y a su vez se registra en el nodo Otros Pagos con la clave “008” (Subsidio efectivamente entregado que no correspondía) (Aplica solo cuando haya ajuste al cierre de mes en relación con el Apéndice 7 de la guía de llenado de nómina), a efecto de reflejar el ajuste al subsidio efectivamente entregado. 

Estos $9.75 pesos que en su momento fueron entregados al trabajador, los recupera el empleador sin que tenga derecho de acreditar dicho pago contra sus impuestos propios ya que en realidad no otorgó un subsidio para el empleo al trabajador. 

Los nodos y campos no mencionados en este procedimiento, se deben registrar en el comprobante fiscal conforme a las especificaciones generales contenidas en esta Guía. 

Es importante señalar que para el cálculo anual del trabajador se requiere contar con el total del subsidio para el empleo que le correspondía en el ejercicio, conforme a la Tabla “Subsidio para el empleo mensual” del Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

Apéndice 8

Procedimiento para el registro de la diferencia del ISR a cargo (retención) derivado del cálculo del impuesto anual por sueldos y salarios en el CFDI de nómina

Para efectos didácticos, se muestra el cálculo anual del ISR por sueldos y salarios, en donde se observa que, como resultado de dicho cálculo, el patrón le deberá retener ISR al trabajador el cual debe enterarlo a más tardar en el mes de febrero siguiente al año de calendario de que se trate.

Cálculo de ISR anual 

I. Forma en que se debe registrar en el CFDI de nómina la información del ISR cuando resulte a cargo (retención) derivado del cálculo del impuesto anual.

Nota. Para realizar el cálculo del ISR anual, se deberán considerar las tarifas previstas en el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente).

Conforme al cálculo anterior, en el CFDI de nómina se debe realizar el registro del ISR a cargo del trabajador conforme a lo siguiente: 

I.Nodo Deducción  

En el campo TipoDeduccion del Nodo:Deduccion, se debe registrar la clave “101” (ISR Retenido de ejercicio anterior) del catálogo c_TipoDeduccion, publicado en el Portal del SAT.  En el campo Concepto del Nodo:Deduccion, se debe registrar la siguiente descripción: “ ISR Retenido de ejercicio anterior”. En el campo Importe del Nodo:Deduccion, se debe registrar el importe del ISR a cargo del trabajador derivado del cálculo del impuesto anual. Para este ejemplo son: $798.44.

El ISR a cargo derivado del cálculo del impuesto anual, podrá reflejarse para este ejemplo en la primera quincena del mes de enero de 2019 o bien a más tardar en el mes de febrero de 2019 de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 de la Ley del ISR.

II.Forma en que se debe registrar en el CFDI de nómina la información de ISR a cargo (retención) derivado del cálculo del ISR (quincenal) por sueldos y salarios. 

Cálculo del ISR (Primera quincena del mes de enero de 2019)

Conforme al cálculo anterior, en el CFDI de nómina se debe realizar el registro del ISR a cargo del trabajador de la primera quincena del mes de enero de 2019, conforme a lo siguiente:

 I.Nodo Deducción  

En el campo TipoDeduccion del Nodo:Deduccion, se debe registrar la clave “002” (ISR) del catálogo c_TipoDeduccion, publicado en el Portal del SAT.  En el campo Concepto del Nodo:Deduccion, se debe registrar la siguiente descripción: “ ISR”. En el campo Importe del Nodo:Deduccion, se debe registrar el importe del ISR a cargo del trabajador derivado de la primera quincena de enero de 2019. Para este ejemplo son: $643.43. 

Columna Precio 1 no aparece en Búsqueda de Productos de Ventas Mostrador

Problema: Al abrir el módulo de «Ventas Mostrador» y ejecutar el comando Ctrl+B se abre la ventana de Búsqueda de Productos pero no muestra la columna de Precio1.

  • Cerrar AminPro antes de empezar el proceso.
  • Clic en Inicio > Buscar Regedit
  • Clic en Edición  >Buscar y escribimos «anchocol»
  • Clic en Buscar siguiente.
  • Hacemos doble clic en Col4 y le ponemos el mismo valor que Col5  «765».
  • Cerramos la ventana y abrimos AdminPro para ver el resultado.

Opravy G17 Escritorio

Modificaciones y correcciones correspondientes a las versiones de Opravy G17 Escritorio.


V2.0.0

  • Integración de Cobranza Generalizada en conjunto con herramientas de cobranza de G17 Web.
  • Incorporación de las funciones de registro de huellas dactilares para usuarios y clientes.
  • Autorización de Ventas a Crédito mediante huella dactilar.
  • Restricción de ventas a crédito para el cliente Ventas Mostrador o Publico en General. (El cliente debe estar indicado como Cliente Predefinido en las configuraciones de G17 Escritorio).
  • Restricción al intentar cerrar una Venta con el cliente predefinido, si la nota no está saldada.
  • Para esta versión se determinan los límites de precio por usuario, la configuración se debe habilitar desde G17 web.

V2.0.5

  • Corrección de errores recurrentes en el registro de huella dactilar para usuarios y clientes.
  • Se inhabilitó la configuración Inventario Artículos en la sección de Ventas.
  • Se calculan los Totales con el número de decimales que se configuren en G17 Web.
  • Se agregaron Variables para imprimir código de barras, con impresoras Zebra: Modelo y Grosor
  • Notificación de Alerta al intentar agregar un artículo a la venta con existencia menor o igual a 0.
  • Corrección de Formato numérico en el catálogo de Artículos y en la sección de Ventas.

V2.1.0

  • G17 Escritorio permite generar documentos de Venta y sincronizarlos, sin necesidad de tener una caja abierta, para esta funcionalidad la casilla de «Crear Cobro» en las configuraciones del Usuario de G17 Web debe estar desmarcada.
  • Se agregó una nueva sección al botón imprimir etiquetas en el catálogo de artículos, para poder imprimir etiquetas por documento.

V2.1.4

  • Solución al problema en los campos de búsqueda ocasionados por la instrucción Format (indicada en G17 web). G17 Escritorio cambia de manera automática a Printf para evitar el error.
  • Impresión de documentos con series.
  • Modificación para aceptar diferentes parámetros en la impresión de etiquetas.

V2.1.7

  • Se agregó combo box listando tipos de formato de impresión.
  • Modificación en impresión de modo texto para respetar lineas.
  • Se agregó configuración, en la parte de impresión de etiquetas zebra.
  • Al marcar la casilla Precio Preferido en el pop-up del Cliente, muestra la opción para cambiar todos los precios del desglose al precio seleccionado
  • Se cambian de lugar las configuraciones de Tipo y Tamaño de letra a la barra de configuraciones generales.

V2.1.9

  • Se amplían los datos para impresión de etiquetas.
  • Se agrega la configuración del combo box de formato a la parte de impresión con RDLC y generación de PDF.
  • Configuración de Restricción para cobrar notas en 0.

V2.1.11

  • Restricción al intentar cerrar la sesión, cuando la sincronización de datos se está ejecutando.
  • Implementación de Paginación en los catálogos de Clientes, Artículos y Cobros.

V2.1.13

  • Paginación visual en listados de Clientes, Artículos y Cobros.
  • Mejora en la sincronización de datos del catálogo de artículos, e implementación de sincronización por módulos.

V2.1.14 y V2.1.15

  • Se agregan botones para la sincronización respectiva de catálogos de clientes y artículos
  • Verificación de campos a mostrar y filtros, en los listados de Clientes, Artículos y Cobros.

V2.2.0

  • Cambio de Gestor de Bases de Datos a SQLLocalDB
  • Mejoras generales en el rendimiento de la aplicación
  • Modificación de Sincronización general.

V2.2.3

  • Implementación de impresión de etiquetas individuales con series.
  • Cambio en la vista de la ventana de imprimir etiquetas.
  • Modificaciones en la sincronización del catálogo de artículos para descargar y actualizar series.

V2.2.4

  • Correcciones en el listado del módulo de cobranza.
  • Correcciones en las consultas de los campos de listado (General)

V2.2.6.4

  • Se cambia la forma en que se muestran los números en el programa, con una región numérica de MX con punto decimal, y coma separando los millares
  • Se integra notificación que alerta cuando se ha llegado al monto máximo en efectivo que debe haber en caja, para hacer retiros con el módulo de pagos.
  • Concatenar valores en el formato de impresión 

V2.2.8.4

  • Se corrigen errores correspondientes a búsquedas con lector de códigos de barras (cambia las comillas simples por guiones).
  • Cambio en impresión de etiquetas con series. Sólo las series que se seleccionen serán impresas, y respeta la configuración del número de etiquetas a imprimir.
  • Se agregan los servidores auxiliares en caso de fallo de los principales.

V2.2.10.5

  • Verificación de instancias al iniciar el programa, se agrega el archivo fixInstance como parte del sistema.
  • Cuando un dato del ticket a imprimir lleva comillas, las omite para evitar errores.
  • Cambios en WebService, para respetar los cálculos del crédito ejercido de los clientes.
  • Cuando no se tiene internet el sistema guarda los documentos temporales, e imprime los tickets con el folio aleatorio.
  • Se incluye cobranza generalizada cuando se envía un documento a web. Se verifica el cliente seleccionado, si es el cliente predefinido, no se verifica. Se verifica si incumple con alguno de los permisos y su verificación con los datos del cliente (notas vencidas, crédito ejercido, límite de crédito)

Configurar Apertura de Cajón Electrónico.

Nota: Se recomienda hacer las siguientes configuraciones en el puerto LPT3.

  1. Revisar si está configurado algún puerto para el cajón: Herramientas >Corregir impresora solo texto.
  2. Lo siguiente es  ingresar a Herramientas >Opciones de programa. Revisar si está configurado un cajón; En la ficha Datos revisar que en la configuración  Abrir cajón de dinero tenga el número 13.
  3. En la ficha Generales  buscar  propiedad Impresora Cajon, verificar que tiene el mismo numero de puerto que revisamos en el paso 1.
  4. Si las revisiones anteriores están correctas verificar lo siguiente:
  5. Ejecutar el siguiente comando Inicio >cmd> net use 
  6. En este caso el puerto no está disponible.
  7. Revisar el nombre de la impresora en Dispositivos e impresoras en panel de control.
  8. Ubicar la impresora que se utiliza y compartirla con el nombre del puerto que verificamos en el paso 1.
  9. (Si no funciona con el puerto en el que lo estemos configurando hay que intentar con otro. Ya sea LPT1, 2, 3)
  10. Regresar al paso 1, hacer clic en Actualizar, en este paso el sistema manda la petición para verificar si ya se encuentra la impresora con el nombre LPT1.
  11. Realizar paso 5 para verificar que si está conectada la impresora.